I.
RESUMEN EJECUTIVO DEL ACUERDO GUBERNATIVO
164-2021
El "Reglamento para la Gestión Integral de
los Residuos y Desechos Sólidos Comunes" (AG-164-2021) describe la
normativa que establece las disposiciones sanitarias y ambientales para la
gestión adecuada de residuos sólidos comunes en Guatemala. El objetivo
principal es garantizar la protección de la salud pública y prevenir la
contaminación del medio ambiente. Este reglamento se aplica a entidades
públicas y privadas involucradas en la recolección, transporte, tratamiento,
reciclaje y disposición final de residuos.
Se establece que el Ministerio de Ambiente y
Recursos Naturales (MARN) y el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
(MSPAS) son los entes responsables de velar por el cumplimiento de las
normativas, en coordinación con las municipalidades. El reglamento promueve
principios como la economía circular, que busca la recuperación y reutilización
de materiales.
Además, se incluyen definiciones clave, como los
tipos de residuos, las normativas para los sitios de disposición final, la
responsabilidad de los entes recolectores y las medidas necesarias para el
control sanitario y de seguridad en las instalaciones de tratamiento. También
se dispone la creación de un sistema de información compartido entre los
ministerios para asegurar el control y seguimiento del manejo de residuos.
De acuerdo con el Reglamento para la
Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes (AG-164-2021),
artículo 4 los Planes Municipales para la Gestión Integral de Residuos y Desechos
Sólidos son instrumentos que las municipalidades deben elaborar para
asegurar la adecuada gestión de los residuos en sus respectivas jurisdicciones.
2.1 Principales aspectos sobre los Planes
Municipales:
- Responsabilidad
municipal: Las municipalidades, en coordinación
con el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), son
responsables de elaborar, implementar y actualizar estos planes.
- Objetivo: Los
planes buscan prevenir y mitigar los impactos ambientales negativos
relacionados con la generación y manejo de residuos, en particular en los
sistemas ambientales hídricos, edáficos (suelo), bióticos, atmosféricos y
visuales.
- Contenido
de los planes: Los planes deben incluir objetivos a
mediano y largo plazo, estrategias técnicas, económicas y educativas, así
como aspectos legales y administrativos que optimicen la gestión de
residuos.
- Estudio
de caracterización: Estos planes se basan en estudios de
caracterización de los residuos generados en la jurisdicción municipal,
que permiten identificar la cantidad y tipo de residuos producidos para su
adecuada gestión.
- Actualización: El
reglamento establece que los planes deben ser revisados y actualizados
periódicamente para ajustarse a las necesidades cambiantes de la comunidad
y al avance en las políticas de gestión de residuos.
2.2 Los pasos previos que debe de cumplir la municipalidad antes de la aprobación del plan son:
a.
Integración
del Comité Coordinador quien lidera todo el proceso. Quien a su vez puede
identificar e involucrar a otros actores para formar un grupo
multidisciplinario.
b.
Se
debe de realizar la caracterización de los residuos y desechos sólidos comunes
de todas las comunidades y el área urbana, con el objeto de determinar la
calidad y cantidad de residuos sólidos que se generan en toda la jurisdicción
municipal, información base para la elaboración del plan. En el siguiente link
se puede descargar la guía: https://www.marn.gob.gt/viceministro-de-recursos-naturales-y-cambio-climatico/los-residuos-y-desechos-solidos/material-de-apoyo-dimards/
c.
Diagnóstico
de la situación actual de los residuos y del análisis de los actores sociales e
institucionales, así como de los ámbitos: ambiental, sociocultural, legal,
económico financiero, institucional y técnico. El cuál se puede elaborar en
talleres de consulta en los Consejos Municipales de Desarrollo “COMUDEs”
d.
Elaboración
del plan municipal para la gestión integral de residuos sólidos y desechos
sólidos “PIRDES”, esto incluye recopilación e integración de la
información del inciso b y c. Esta es la guía para formular el PIRDES: https://www.marn.gob.gt/viceministro-de-recursos-naturales-y-cambio-climatico/los-residuos-y-desechos-solidos/material-de-apoyo-dimards/
e.
Redacción
de reglamentos y manuales de funciones y de operación, con su respetiva
autorización y resolución del Concejo Municipal.
f. La aprobación del plan municipal para la gestión integral de residuos sólidos y desechos sólidos “PIRDES” debe de realizarse en una reunión o asamblea con todos los actores involucrados.
2.3 Pasos paralelos a la elaboración del PIRDES.
a. 1. Diseño
de los sistemas de tratamiento y de disposición final de los residuos y
desechos sólidos, tales como las composteras para darle el tratamiento de lo
orgánico, centros de acopio para tratar los residuos sólidos reciclables y
relleno sanitario para lo no reciclable o desechable. Así mismo, la
incineración es una alternativa de tratamiento para todas las categorías ya
mencionadas de acuerdo al artículo 31 del Acuerdo Gubernativo así como otras:
Reducción mecánica de volumen o tamaño. Para los sistemas de tratamiento es
crucial gestionar la autorización ambiental y sanitaria, así como la
búsqueda del financiamiento o asignación presupuestaria.
b. 2. Es
importante la búsqueda de un terreno apto para la construcción de cada sistema
por separado o todos los sistemas en conjunto.
c.
Los
terrenos para la disposición final (relleno sanitario) deben contar con las
siguientes características:
·
Pendiente
menor a 30 %.
· La
vida útil debe ser de 15 años, con base al volumen de los residuos sólidos
proyectados de acuerdo a la caracterización de los residuos sólidos.
·
250
metros de viviendas, edificios o inmuebles próximos. Art. 37 del Reglamento.
·
200
metros de fuentes de agua como ríos o nacimientos de aguas más cercano.
·
Debe
llevar una capa de geomembrana u otro para impermeabilizar el suelo.
·
Debe
contar con chimeneas para extraer el gas metano.
d. 3. Iniciar
con el diseño topográfico (planos).
e. 4. Avanzar
con los avales como el aval ambiental, que significa la formulación de un
instrumento ambiental que dependiendo de los componentes del proyecto al menos
debe de contar con:
·
Plan
de Gestión Ambiental
·
Estudio
de:
o
Estabilidad
de suelos.
o
Geológico
o
Hidrogeológico
o
Geotécnico
o
Hidrológico
o
De
infiltración o permeabilidad del suelo
o
De
generación de biogás
o
De
generación de lixiviado
Y otros que de pueden revisar en los Términos de
Referencia que cada componente del proyecto.
2.4 Para
la alternativa de tratamiento por incineración, debe de tomarse en cuenta los
siguientes aspectos:
·
Es
aplicación para el tratamiento de todos los residuos sólidos comunes.
·
Debe
ser un sistema de alimentación automático.
·
La
altura de la chimenea de los incineradores tiene que ser de 25 metros como
mínimo.
·
La
temperatura dentro de la cámara principal de incineración debe mantenerse,
durante todo el período de operación, por arriba de novecientos grados Celsius
Está alternativa es costosa, requiere de grandes cantidades de residuos sólidos para su funcionamiento, y se debe mantener ciertos parámetros de las emisiones a la atmósfera.
Para
mayor información de las normas, el documento del reglamento completo se puede
descargar en el siguiente enlace: https://www.marn.gob.gt/viceministro-de-recursos-naturales-y-cambio-climatico/los-residuos-y-desechos-solidos/material-de-apoyo-dimards/
Imagen 1
de referencia de un incinerador:
2.5 Plazos de cumplimiento:
El plazo máximo de cumplimiento es el 11 de febrero del 2025, según el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo 184-2023 que reforma el artículo 12 del Acuerdo Gubernativo 164-2021, en lo referente a la clasificación secundaria. Para hacer efectiva esta clasificación se tienen que contar con la caracterización, diagnóstico, reglamentos, el PIRDES y construir los sistemas de tratamiento y disposición final. Por lo que es urgente iniciar y culminar con el procedimiento y continuar para las municipalidades que ya cuentan con un grado de avance.
De
acuerdo al artículo 12 los residuos sólidos se deben de clasificar en 3
categorías:
1.
Orgánico.
2.
Reciclable.
3.
No
reciclable.
Esto nos
conlleva a la construcción de al menos tres sistemas de tratamiento:
1. Los residuos sólidos orgánicos y la construcción de COMPOSTERAS:
Los residuos sólidos orgánicos biodegradables son lo que se descomponen en un lapso de tiempo de aproximadamente 8 semanas, los cuales sirven para abonos orgánicos, aumentan la fertilidad, mejoran la textura, drenaje y la permeabilidad de los suelos, también se usan para alimento de algunos ganados; para ello desde el hogar se deben de separar estos residuos, y luego trasladarlos a un lugar, terreno agrícola o bosque adecuado para su reconversión en abono, crear una abonera casera tal como se menciona en el artículo 27, o entregar a los encargados de la recolección municipal para que ellos las agreguen al proceso de descomposición en las composteras diseñadas para ese fin.
La construcción de composteras se puede realizar de varias formas, buscando la finalidad de convertir los residuos sólidos orgánicos en compost. Ver imagen 2 de referencia.
2. Los residuos sólidos reciclables y la construcción de los CENTROS DE ACOPIO:
La mayoría de los residuos sólidos inorgánicos reciclables como el papel, cartón, plástico, vidrio, residuos electrónicos, latas, chatarra y metal se pueden reutilizar y reciclar, pero inicialmente se debe de reducir su compra y su uso. La reutilización dependerá del nivel de conocimiento y de los hábitos de consumo de los usuarios desde el hogar o lugar de trabajo. En el reciclaje, los productos se agregan a su ciclo y se evita el uso de la energía, del agua, se reducen las emisiones y la materia prima generando de esta manera nuevos productos para el mercado; en el artículo 22 del reglamento se menciona esta alternativa de tratamiento.
Se deben de construir los centros de acopio siguientes las normas contenidas en los artículos 24, 25 y 26 del reglamento:
Imagen 3 de referencia para centros de recuperación, de reciclaje o de transferencia.
3. Los residuos sólidos NO reciclables (desechable) y la construcción de SITIOS DE DISPOSICIÓN FINAL (rellenos sanitarios):
Los residuos sólidos inorgánicos NO reciclables, también conocidos como desechables que no se pueden reutilizar y reciclar se pueden incinerar según lo regulado en los artículos 29 y 31, o disponerlos en un relleno sanitario manejado técnicamente con los componentes como: garita de ingreso, oficina de administración, muro perimetral, chimeneas para extracción del gas metano, drenajes para conducir los lixiviados de los residuos a un laguna controlada, drenajes pluviales y principalmente un elemento primordial, la impermeabilización del suelo con geomembrana u otra alternativa, este último con el fin de evitar la infiltración de los “jugos” de éstos desechos que contaminarían los mantos freáticos.
Ver siguiente imagen 4 de referencia.
A estos sistemas de tratamiento se
tiene que agregar algunos componentes complementarios como:
·
Paqueo.
·
Oficinas
administrativas.
·
Área
de descanso de los empleados.
·
Circulación.
· Garita de control de ingreso y egreso
·
Drenaje
pluvial, y
·
Otros
que se mencionan los términos de referencia de cada componente o sistema, en el reglamento y otras normativas conexas.
Resumido, recopilado y elaborado por:
Ing. Francisco Baten